2 jun 2013

Suicidio

La Iglesia y el suicidio


Size as needed (160 dpi, 39p x 40p) Shawn Peters color illustration of depressed man holding his head with his hand; in background is image of dark sky with tornado. Bradenton Herald 1997 CATEGORY: ILLUSTRATION SUBJECT: Suicide illus ARTIST: Shawn Peters ORIGIN: Bradenton Herald TYPE: EPS JPEG SIZE: As needed ENTERED: 5/16/97 REVISED: STORY SLUG: Stand-alone illustration, feature, features, weather, tornado, storm, thunderstorm, cellar, suicide, grief, grieving, mourning, death, depression, BR, 1997, petersSHAWN PETERS / MCT

Recientemente escribí una carta a esta sección:Dioses transitorios. Transitorias son también las posturas y leyes de la Iglesia Católica ante muchísimos temas. Con relación a los suicidas, por siglos se mantuvo una posición extremadamente rígida, inflexible.
Según el Concilio de Arles, año 452: “El suicidio es un crimen; sólo puede ser consecuencia del furor diabólico”. El Concilio de Braga, año 563, determinó que: “Los suicidas no serán honrados en misa con ninguna conmemoración, el canto de los salmos no acompañará los cuerpos [de los suicidas] a su tumba”.
Santo Tomás de Aquino, famoso por su Suma Teológica, interpretado por Sciacca, opinaba: “No se ama ordenadamente a sí mismo el que se da voluntariamente la muerte (...) comete pecado mortal y se priva de la salvación eterna”.
Lo mismo ha sucedido con el enterramiento en suelo santo de los que decidieron poner fin a sus vidas. Por muchos siglos los cementerios fueron propiedad exclusiva de la Iglesia Católica, la que se atribuía el derecho de decidir a quién enterrar en sus propiedades.
El mismo Concilio de Braga privaba a estos desdichados del suelo santo. El Código de derecho canónico de 1917 tampoco lo permitía a “quien con libertad y dominio de sus facultades se matara a sí mismo”, igual suerte corrían “los muertos en duelo”.
Los seguidores de esta institución tuvieron que esperar a que el Papa Juan Pablo II promulgara un nuevo Código de derecho canónico en 1983 en el cual entre las exclusiones a dar sepultura en suelo santo no se hallaba el suicidio, por tanto se induce que el que decide terminar sus días puede recibir exequias cristianas y enterramiento en suelo santo.
La Igesia Católica ha hecho muy suyas las palabras de su fundador, quien le dijo a Pedro: “y todo lo que atares en la tierra será atado en los cielos; y todo lo que desatares en la tierra será desatado en los cielos” (Mt 16,18). Cuánto trabajo para este dios, manipulado por los hombres, estar atando y desatando los caprichos de los que dirigen su iglesia.
¿Cuál sería el sufrimiento de las desafortunadas familias, en estos miles de años, cuando alguno de sus miembros se suicidaba? ¿Cuánto pesar al pensar que sus seres queridos habían ido a parar al infierno? Los hechos han sido los mismos, las interpretaciones eclesiásticas han sido cambiantes y transitorias.
Jesús Lázaro
Miami

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