19 ago 2011

Caso prejuzgado

Por Orestes Rodríguez
Publicado en el Nuevo Herald
8/18/11


Alan Gross fue sentenciado en Cuba a quince años de privación de libertad, por la presunta distribución que hizo de algunos medios de comunicación a la comunidad judía de la isla, lo que fue calificado por la Fiscalía cubana de actos contra la independencia o la integridad territorial del Estado. Esa sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo Popular.

Los comentaristas socialistas cubanos de la referida norma penal sostienen el criterio de que todo hecho que se realice con el propósito de destruir el sistema socialista, tiene como beneficiario al “imperialismo norteamericano”.

Así las cosas, el recurso de casación por infracción de ley establecido por Gross no podía prosperar, puesto que el caso venía siendo prejuzgado en su contra. Y si bien es cierto que los hechos declarados probados por la Sala a quo no le está permitido al recurrente variarlos o modificarlos, o alegar que no fueron los que ciertamente se probaron en el juicio oral, si está autorizado para interpretarlos de un modo diferente a como lo hizo el tribunal y deducir de ellos otras consecuencias.

A pesar de las flexibilidades de EEUU en función de acercamiento al régimen de los hermanos Castro, como han sido viabilizar y ampliar el radio de acción de las visitas y remesas y las súplicas de la familia de Gross que está afectada por dolencias preocupantes de su hija y la madre del encausado, han sido inútiles.

Quienes mantenían la esperanza de que haberse recurrido la sentencia podía crear la expectativa de la disminución de la condena o, en su defecto, haber estimado el tribunal que no se daban las circunstancias a que se refiere la normal penal en que la Fiscalía basó su acusación y, consecuentemente, absolverlo, la confirmación de ese fallo ha sido frustrante.

El destino de Gross está ahora en manos del régimen para un posible “acto humanitario”, para ponerlo en libertad.


Miami



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